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DIRECCIÓN
GENERAL DE PRESUPUESTOS DEL ÁREA SOCIAL Y GESTIÓN SUPERIOR
DEL ESTADO
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Misión
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Coordinar
el cumplimiento de las directrices técnicas generales del sistema
presupuestario a los órganos y entes públicos del área
social y gestión superior de estado, en sus procesos de formulación,
ejecución, evaluación programática, financiera
y presupuestaria con miras a incrementar la eficiencia de este subsector
público. |
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Estructura
Organizativa
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Funciones
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| 1. |
Coordinar
las acciones asignadas a las Direcciones adscritas a la Dirección
General de Presupuestos del Área Social y Gestión Superior
del Estado; en las áreas: educación, cultura, deporte,
salud, desarrollo social, seguridad, defensa nacional, seguridad social
y organismos de la dirección superior del Estado y autonomía
funcional. |
| 2. |
Velar
por el cumplimiento de los lineamientos técnicos, métodos,
normas, procedimientos e instructivos implantados por la ONAPRE; en
materia de formulación, ejecución, control y evaluación
del presupuesto de los órganos y entes del Sector Público. |
| 3. |
Asesorar
y coordinar el proceso de elaboración y análisis de los
proyectos de presupuesto de los órganos del Sector Público
(Título II y III de la Ley de Presupuesto). |
| 4. |
Evaluar
y aprobar en Comité de presupuesto, los proyectos de Presupuestos
de los entes descentralizados no incluidos en el Título III de
la Ley de Presupuesto; para su consideración y aprobación
definitiva en Consejo de Ministros; así como, suministrar la
asesoría técnica correspondiente. |
| 5. |
Revisar
y proponer en coordinación con las Direcciones de Línea
adscritas a la Dirección General de Presupuestos del Área
Social y Gestión Superior del Estado, las cuotas de las programaciones
y reprogramaciones periódicas de compromisos que presentan los
órganos del área, ajustadas a las disposiciones legales. |
| 6. |
Participar
en el análisis y evaluación de los resultados de la ejecución
de los presupuestos de los órganos y entes del área social
y gestión superior del Estado; formulando las recomendaciones
a que haya lugar, apoyando a la Dirección General Sectorial de
Planificación, Programación y Evaluación de la
Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE). |
| 7. |
Participar
en comisiones interinstitucionales, constituidas para atender las negociaciones
de contratación colectiva de los Trabajadores del Sector Público;
realizando recomendaciones presupuestarias que determinen la factibilidad
de adquirir compromisos económicos, por parte del alto nivel
del gobierno, en la toma de decisiones estratégicas. |
| 8. |
Coordinar
la tramitación análisis y aprobación de solicitudes
de modificaciones presupuestarias: traspasos, créditos adicionales,
insubsistencias, reducciones y rectificaciones al presupuesto, requeridas
por los órganos y entes del área social y gestión
superior del Estado. |
| 9. |
Coordinar
el análisis de los indicadores económicos-financieros
y físicos de los organismos del Sector Público; para el
control de gestión operativa de los programas y proyectos del
presupuesto anual. |
| 10. |
Promover
charlas y talleres, en materia presupuestaria, para los organismos del
Sector Público. |
| 11. |
Coordinar
la elaboración de informes técnicos presupuestarios requeridos
por las diversas instancias del gobierno sobre proyectos productivos
y económicos, que ejecutan los organismos adscritos a la Dirección
General de Presupuestos del Área Productiva y Financiera. |
| 12. |
Participar
en investigaciones en el área presupuestaria, para apoyar la
toma de decisión en la gestión de la Oficina Nacional
de Presupuesto (ONAPRE). |
| 13. |
Suministrar
información presupuestaria, de procesos y registros, a las diversas
dependencias de la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE), para la
consolidación de información institucional. |
| 14. |
Coordinar
el proceso de ajustes del Proyecto de Ley de Presupuesto, en los términos
que acuerde la Asamblea Nacional. |
| 15. |
Participar
con el Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Desarrollo
y la Oficina Nacional de Crédito Público, en la revisión
y análisis del Plan Operativo Anual Institucional y el Proyecto
de Ley de Crédito Público (Ley Especial de Endeudamiento). |
| 16. | Cualquier
otra, cónsona con su naturaleza, que le sea asignada por la Jefatura
de la Oficina. |